A efectos de la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas correspondiente al ejercicio económico 2023, debes saber lo siguiente:

  1. En caso de haber vendido, dentro del año 2023, las acciones de Agrupació que ésta te asignó, sin coste para ti, como consecuencia del proceso de fusión operado por la misma, estarás obligado a incorporar en tu declaración de la renta la ganancia patrimonial obtenida con la venta de dichas acciones, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 33 y ss. de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

    Según la configuración fiscal de operación societaria de fusión, la ganancia patrimonial a declarar con respecto a estas acciones será el importe total que recibiste por la venta de las mismas.
  2. En caso de haber adquirido más acciones de Agrupació en otros procesos de compraventa de acciones de la compañía, aparte de las referidas en el punto anterior, y haberlas vendido dentro del año 2023, el importe a declarar respecto a estas acciones será la diferencia entre los valores de compra y de venta de las mismas, una vez deducidos los costes que, en su caso, estén asociados a la operación.

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A efectos de la declaración del impuesto sobre patrimonio correspondiente al ejercicio económico 2023, debes saber lo siguiente:

  1. En caso de ser sujeto pasivo del citado impuesto, estarás obligado a declarar el valor teórico de las acciones de Agrupació de tu titularidad a 31 de diciembre de 2023. Si precisas conocer esta información para realizar tu declaración, pulsa aquí.