Déjalo todo atado
Deja pagado el servicio fúnebre necesario en caso de defunción y añade una amplia variedad de servicios asociados que ayudarán a los que se queden a pasar esos momentos de la manera más tranquila.
QUÉ ES
¿QUÉ ES EXACTAMENTE EL SEGURO DE DECESOS?
El seguro de decesos garantiza la prestación del servicio fúnebre necesario en caso de fallecimiento, hasta el límite máximo del capital asegurado vigente en el momento del fallecimiento.
Te ofrecemos un mundo de servicios con los que tú y los tuyos podréis estar tranquilos, y nos ocupamos de las gestiones necesarias en los momentos difíciles.
QUIÉN PUEDE CONTRATAR
Cualquier persona física residente en España con edad mínima de 16 años.
QUIÉN PUEDE SER ASEGURADO
Toda persona que en el momento de la contratación tenga una edad no superior a 70 años.
Pueden incorporarse todos los miembros de la unidad familiar en una sola póliza.
Para la garantía opcional de fallecimiento e invalidez por accidente, personas mayores de 14 años y menores de 65 años.
DURACIÓN
Para las estas garantías complementarias de fallecimiento e invalidez permanente por accidente el seguro finalizará en la anualidad de seguro en que el Asegurado cumpla los 70 años de edad.
FORMAS DE PAGO
- Mensual
- Trimestral: 2 % descuento
- Semestral: 3 % descuento
- Anual: 5 % descuento
QUÉ CUBRE
GARANTÍAS BÁSICAS EN CASO DE FALLECIMIENTO
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Servicio fúnebre
Conjunto de prestaciones funerarias y gestiones necesarias para efectuar la inhumación o la incineración del fallecido en la localidad designada por los familiares dentro del territorio nacional, de acuerdo con las especificaciones y límites que figuran en la póliza.
Este servicio consiste, de manera enunciativa y no exhaustiva, en los elementos y actuaciones siguientes: arca, conducción fúnebre y acompañamiento, personal para la prestación del servicio, preparación y presentación del cadáver, capilla ardiente y sala de tanatorio, tramitación de la documentación necesaria para el servicio, certificado médico de defunción e inscripción en el registro civil, servicios religiosos, servicios complementarios tales como coronas y recordatorios, derechos de entrada al cementerio, nicho o incineración, gasto de inhumación en nicho, asistencia personalizada y traslados dentro de la población de fallecimiento.
Incluye la prestación del servicio fúnebre por pérdida de vida del feto en el supuesto de interrupción no voluntaria del embarazo y por fallecimiento del menor antes de cumplir los 30 días de edad.
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Asistencia en viaje
Transporte o repatriación del asegurado por enfermedad o accidente y de los familiares asegurados que lo acompañasen, y regreso anticipado del asegurado por fallecimiento de un familiar o a causa de incendio o siniestro grave en su domicilio. También se incluye, en el caso de viajes al extranjero, la cobertura de gastos médicos y farmacéuticos hasta 12.000 € por siniestro.
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Traslado nacional e internacional
Se entiende por traslado la conducción del fallecido desde el lugar del fallecimiento al cementerio o crematorio dentro del territorio español elegido libremente por los familiares.
Se incluye, asimismo:
- Acompañante en caso de traslado internacional por fallecimiento
- Regreso de acompañantes del fallecido
- Asistencia a menores de 15 años de edad en el extranjero
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Servicio de gestoría y asesoramiento en decesos
Asesoramiento telefónico del proceso de tramitación de documentos a consecuencia de un fallecimiento (sucesión en el patrimonio, derechos del fallecido...). La entidad aseguradora, a petición de los herederos legales, tomará a su cargo la gestión de diversos trámites de obtención de certificados, pensiones, así como del último testamento otorgado por el causante.
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Servicio de testamento gratuito
Asesoramiento jurídico telefónico o telemático en materia sucesoria y testamentaria y redacción de un Testamento Abierto Notarial al año. Asistencia hasta la firma en Notaría y otorgamiento del testamento y Gastos de arancel notarial. Para acceder a este servicio gratuito se deberá contactar con un gestor de la entidad.
Contacto:
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Servicio de Recuperación de la Vida Digital
Ofrece la posibilidad de encontrar todo lo que el asegurado compartió, en vida y de forma pública, en internet; fotografías, publicaciones, cuentas de usuario y todo tipo de archivos y materiales.
El servicio incluye:
- Búsqueda e identificación del conjunto de materiales y archivos que constituyen la huella y legado digital públicos del asegurado.
- Copia y entrega de los principales materiales y archivos que constituyen la huella y el legado digital públicos del asegurado.
- Desactivación y baja de las principales cuentas de usuario que tenía el asegurado.
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Asistencia psicológica al duelo
La entidad aseguradora pondrá a disposición del núcleo familiar un Servicio Telefónico de Gestión del Duelo en caso de fallecimiento del asegurado. Un equipo de psicólogos especializados les atenderán 24 horas y 365 días al año, brindando el apoyo inmediato y cercano para hacer frente a ese momento difícil. Se incluye asimismo una primera consulta presencial gratuita.
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Otras particularidades incluidas en la garantía principal
En el caso de optar por la modalidad de prima nivelada, la entidad aseguradora concede al tomador la facultad de ejercer el derecho de rescate total de la póliza con las condiciones y limitaciones indicadas en el Condicionado General, una vez transcurridas cinco anualidades del seguro.
La compañía pone a disposición del tomador de la póliza el documento de voluntades de sepelio, donde podrá recoger sus preferencias sobre el servicio fúnebre.
CARENCIAS
Sin carencia en caso de accidente ni en el caso de proceder de otra entidad aseguradora. Para el resto de casos, existe una carencia de 2 meses.
GARANTÍAS OPCIONALES
El tomador podrá suscribir, además de las garantías básicas, algunas de las garantías complementarias optativas siguientes:
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Repatriación al país de origen
En caso de fallecimiento del asegurado en España, la entidad aseguradora organiza y se hace cargo del traslado del cuerpo desde el lugar del fallecimiento hasta el aeropuerto internacional más próximo a la localidad de inhumación en el país de origen del fallecido. Se incluye asimismo el traslado desde el aeropuerto internacional del país de origen hasta el lugar del sepelio, los gastos de este desplazamiento tendrán un límite de 1.500 €.
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Fallecimiento e invalidez permanente por accidente
Estas garantías opcionales se pueden suscribir conun capital para cada una de ellas, comprendido entre 3.000 y 30.000 €.
Por la garantía de Fallecimiento por accidente, si como consecuencia directa de un accidente cubierto por la póliza, se produjera el fallecimiento del asegurado, de forma inmediata o dentro de los 365 días siguientes al accidente, la Entidad Aseguradora pagará a los beneficiarios designados el capital suscrito.
Por la garantía de Invalidez Permanente por accidente, según baremo de lesiones, si como consecuencia directa de un accidente cubierto por la póliza, dentro de los 365 días siguientes al accidente, el Asegurado queda afectado por una de las lesiones permanentes relacionadas en el baremo de la póliza, la Entidad Aseguradora pagará al Asegurado la prestación que le corresponda, de acuerdo con el porcentaje otorgado que se aplicará sobre el capital suscrito.
Documentos
Preguntas Frecuentes
- ¿Qué ocurre si contrato el seguro y fallezco fuera del país?
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Te garantizamos que, ocurra donde ocurra el fallecimiento, te repatriaremos a España gracias a la garantía de Asistencia en Viaje que incorpora el seguro de decesos.
- ¿Tengo que decidir ahora si deseo ser enterrado o incinerado?
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No, es en el momento de la defunción cuando la familia decide qué tipo de sepelio quiere realizar.
- ¿Por qué no están relacionados todos los servicios incluidos del entierro?
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Para no entrar en conflicto con ninguna funeraria, no ofrecemos un servicio de sepelio cerrado, es la familia en el mismo momento la que decidirá cómo destinar el capital asegurado en caso de querer o suprimir algún aspecto relacionado con este servicio.
- En el momento del fallecimiento, ¿qué debe hacer mi familia?
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Con una simple llamada al 930 039 696 o 919 023 131 , la familia nos informa del fallecimiento del familiar asegurado y la entidad gestiona la prestación del servicio a través de la funeraria pertinente.
- ¿Estoy cubierto desde el primer día?
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Sí, si vienes de otra compañía o si el fallecimiento es por accidente. De no ser así, sólo deberás esperar los dos meses de carencia establecidos.
- ¿Cuándo vence mi seguro?
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Tu contrato tiene un vencimiento anual, se renueva automáticamente cada año y así sucesivamente hasta el momento del fallecimiento.
- ¿Podré ser enterrado en otra localidad distinta a la que resido?
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Sí, gracias a la garantía de Traslado Nacional podrás ser enterrado en otra localidad. En ese caso, deberás contratar el capital recomendado para esa localidad si es mayor que el de donde vives.
- Estoy en otra compañía, ¿si me cambio no perderé la antigüedad?
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No existe antigüedad si vienes de otra entidad. Estás cubierto desde el primer día: Solo nos tienes que aportar el recibo del mes anterior.
- ¿Está cubierta la incineración?
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Sí, nuestro seguro de decesos te cubre tanto el entierro como la incineración, incluida la urna.
- Si no quiero misa, ¿será posible realizar una ceremonia laica?
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Sí, se puede realizar. Tus familiares han de trasladar tus deseos en el momento de la gestión del servicio al personal de la funeraria.
- ¿Puedo ser enterrado en otro país que no sea España, ya que soy de Uruguay?
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Sí, a través de la garantía opcional de Repatriación al país de origen, te garantizamos el traslado a tu país. El coste del servicio funerario realizado se abonará a la familia una vez que nos aporte la factura correspondiente, con el límite máximo del capital asegurado.
- ¿Puedo dejar por escrito cómo quiero que sea mi entierro?
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Sí, disponemos del Documento de Voluntades de Sepelio, en el que puedes dejar constancia por escrito de cómo quieres que sea tu servicio de sepelio.
- ¿Cuánto me va a subir la cuota cada año? “Para prima natural“
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La cuota se incrementa cada año por la actualización del IPC para que no se devalúe el valor del servicio contratado y por la edad, hasta llegar a los 70 años. A partir de esa edad, la cuota subirá cada año por el IPC y por el aumento lineal del 5 % sin tener en cuenta tu edad.
- ¿El servicio de gestoría que tiene el seguro, es sólo un asesoramiento telefónico?
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No, este servicio además de ser una atención telefónica, se encarga de realizar todos los trámites burocráticos: obtención de certificados, tramitación de pensiones, obtención del último testamento, etc.
- ¿Tengo la opción de contratar el nicho en propiedad?
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No, en nuestra póliza se garantiza el alquiler del nicho de mínima temporalidad, que va desde los 2 años hasta los 5 años, según el cementerio. La familia, en todo caso, con el capital asegurado podrá destinar, si así lo desea, mayor recurso para tener más tiempo alquilado el nicho.
- ¿Se puede contratar a cualquier edad?
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Sí, lo puedes contratar hasta los 69 años en prima natural o hasta los 70 años en prima nivelada. Cuanto antes lo contrates, más tranquilidad tendrá tú y tu familia.
- ¿Si me doy de baja, recuperaré capital?
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No, solo en el caso de que tengas contratado el seguro con una prima nivelada, trascurridos 5 años, si padeces una incapacidad permanente absoluta o una gran dependencia o una dependencia severa, podrás solicitar el rescate de la póliza (70 % de la provisión matemática).
- ¿Cuánto me va a subir la cuota cada año? “Para prima nivelada"
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La cuota se incrementa cada año por la actualización del IPC para que no se devalúe el valor del servicio contratado y por el aumento lineal del 5 % sin tener en cuenta tu edad.