Quítales preocupaciones

Deja pagado el servicio fúnebre necesario en caso de defunción y añade una amplia variedad de servicios asociados que ayudarán a los que se queden a pasar esos momentos de la manera más tranquila.

QUÉ ES

¿QUÉ ES EXACTAMENTE EL SEGURO DE DECESOS +70?

El seguro de decesos garantiza la prestación del servicio fúnebre necesario en caso de fallecimiento, hasta el límite máximo del capital asegurado vigente en el momento del fallecimiento.

Te ofrecemos un mundo de servicios con los que tú y los tuyos podréis estar tranquilos, y nos ocupamos de las gestiones necesarias en los momentos difíciles.

QUIÉN PUEDE CONTRATAR

El tomador y el asegurado deben ser la misma persona y con una edad igual o superior a 70 años.

FORMAS DE PAGO

Prima única en el momento de contratar, solo por transferencia bancaria o ingreso en cuenta.

QUÉ CUBRE

GARANTÍAS BÁSICAS EN CASO DE FALLECIMIENTO

  • Servicio fúnebre

    Conjunto de prestaciones funerarias y gestiones necesarias para efectuar la inhumación o la incineración del fallecido en la localidad designada por los familiares dentro del territorio nacional, de acuerdo con las especificaciones y límites que figuran en la póliza.

    Este servicio consiste, de manera enunciativa y no exhaustiva, en los elementos y actuaciones siguientes: arca, conducción fúnebre y acompañamiento, personal para la prestación del servicio, preparación y presentación del cadáver, capilla ardiente y sala de tanatorio, tramitación de la documentación necesaria para el servicio, certificado médico de defunción e inscripción en el registro civil, servicios religiosos, servicios complementarios tales como coronas y recordatorios, derechos de entrada al cementerio, nicho o incineración, gasto de inhumación en nicho, asistencia personalizada y traslados dentro de la población de fallecimiento.

    Incluye la prestación del servicio fúnebre por pérdida de vida del feto en el supuesto de interrupción no voluntaria del embarazo y por fallecimiento del menor antes de cumplir los 30 días de edad.

    También se garantiza la inhumación o incineración de extremidades amputadas en su totalidad, sin que quede cubierto el traslado de las mismas.

  • Traslado nacional e internacional

    Se entiende por traslado la conducción del fallecido desde el lugar del fallecimiento al cementerio o crematorio dentro del territorio español elegido libremente por los familiares.

    Se incluye, asimismo:

    • Acompañante en caso de traslado internacional por fallecimiento
    • Regreso de acompañantes del fallecido
    • Asistencia a menores de 15 años de edad en el extranjero

    Carencia de 3 meses para esta cobertura.

  • Servicio de gestoría y asesoramiento en decesos

    Asesoramiento telefónico del proceso de tramitación de documentos a consecuencia de un fallecimiento (sucesión en el patrimonio, derechos del fallecido...). La entidad aseguradora, a petición de los herederos legales, tomará a su cargo la gestión de diversos trámites de obtención de certificados, pensiones, así como del último testamento otorgado por el causante.

  • Servicio de testamento gratuito

    Asesoramiento jurídico telefónico o telemático en materia sucesoria y testamentaria y redacción de un Testamento Abierto Notarial al año. Asistencia hasta la firma en Notaría y otorgamiento del testamento y Gastos de arancel notarial. Para acceder a este servicio gratuito se deberá contactar con un gestor de la entidad.

    Contacto:

  • Servicio de Recuperación de la Vida Digital

    Ofrece la posibilidad de encontrar todo lo que el asegurado compartió, en vida y de forma pública, en internet; fotografías, publicaciones, cuentas de usuario y todo tipo de archivos y materiales.

    El servicio incluye:

    • Búsqueda e identificación del conjunto de materiales y archivos que constituyen la huella y legado digital públicos del asegurado.
    • Copia y entrega de los principales materiales y archivos que constituyen la huella y el legado digital públicos del asegurado.
    • Desactivación y baja de las principales cuentas de usuario que tenía el asegurado.

  • Asistencia psicológica al duelo

    La entidad aseguradora pondrá a disposición del núcleo familiar un Servicio Telefónico de Gestión del Duelo en caso de fallecimiento del asegurado. Un equipo de psicólogos especializados les atenderán 24 horas y 365 días al año, brindando el apoyo inmediato y cercano para hacer frente a ese momento difícil. Se incluye asimismo una primera consulta presencial gratuita.

  • Otras particularidades incluidas en la garantía principal

    La compañía pone a disposición del tomador de la póliza el documento de voluntades de sepelio, donde podrá recoger sus preferencias sobre el servicio fúnebre.

Preguntas Frecuentes

¿Qué ocurre si contrato el seguro y fallezco fuera del país?

Te garantizamos que, ocurra donde ocurra el fallecimiento, te repatriaremos a España gracias a la garantía de Asistencia en Viaje que incorpora el seguro de decesos.

¿Tengo que decidir ahora si deseo ser enterrado o incinerado?

No, es en el momento de la defunción cuando la familia decide qué tipo de sepelio quiere realizar.

¿Por qué no están relacionados todos los servicios incluidos del entierro?

Para no entrar en conflicto con ninguna funeraria, no ofrecemos un servicio de sepelio cerrado, es la familia en el mismo momento la que decidirá cómo destinar el capital asegurado en caso de querer o suprimir algún aspecto relacionado con este servicio.

En el momento del fallecimiento, ¿qué debe hacer mi familia?

Con una simple llamada al 930 039 696 o 919 023 131 , la familia nos informa del fallecimiento del familiar asegurado y la entidad gestiona la prestación del servicio a través de la funeraria pertinente.

¿Estoy cubierto desde el primer día?

Sí, si vienes de otra compañía o si el fallecimiento es por accidente. De no ser así, sólo deberás esperar los dos meses de carencia establecidos.

¿Cuándo vence mi seguro?

Tu contrato tiene un vencimiento anual, se renueva automáticamente cada año y así sucesivamente hasta el momento del fallecimiento.

¿Podré ser enterrado en otra localidad distinta a la que resido?

Sí, gracias a la garantía de Traslado Nacional podrás ser enterrado en otra localidad. En ese caso, deberás contratar el capital recomendado para esa localidad si es mayor que el de donde vives.

Estoy en otra compañía, ¿si me cambio no perderé la antigüedad?

No existe antigüedad si vienes de otra entidad. Estás cubierto desde el primer día: Solo nos tienes que aportar el recibo del mes anterior.

¿Está cubierta la incineración?

Sí, nuestro seguro de decesos te cubre tanto el entierro como la incineración, incluida la urna.

Si no quiero misa, ¿será posible realizar una ceremonia laica?

Sí, se puede realizar. Tus familiares han de trasladar tus deseos en el momento de la gestión del servicio al personal de la funeraria.

¿Puedo ser enterrado en otro país que no sea España, ya que soy de Uruguay?

Sí, a través de la garantía opcional de Repatriación al país de origen, te garantizamos el traslado a tu país. El coste del servicio funerario realizado se abonará a la familia una vez que nos aporte la factura correspondiente, con el límite máximo del capital asegurado.

¿Puedo dejar por escrito cómo quiero que sea mi entierro?

Sí, disponemos del Documento de Voluntades de Sepelio, en el que puedes dejar constancia por escrito de cómo quieres que sea tu servicio de sepelio.

¿Cuánto me va a subir la cuota cada año? “Para prima natural“

La cuota se incrementa cada año por la actualización del IPC para que no se devalúe el valor del servicio contratado y por la edad, hasta llegar a los 70 años. A partir de esa edad, la cuota subirá cada año por el IPC y por el aumento lineal del 5 % sin tener en cuenta tu edad.

¿El servicio de gestoría que tiene el seguro, es sólo un asesoramiento telefónico?

No, este servicio además de ser una atención telefónica, se encarga de realizar todos los trámites burocráticos: obtención de certificados, tramitación de pensiones, obtención del último testamento, etc.

¿Tengo la opción de contratar el nicho en propiedad?

No, en nuestra póliza se garantiza el alquiler del nicho de mínima temporalidad, que va desde los 2 años hasta los 5 años, según el cementerio. La familia, en todo caso, con el capital asegurado podrá destinar, si así lo desea, mayor recurso para tener más tiempo alquilado el nicho.

¿Se puede contratar a cualquier edad?

Sí, lo puedes contratar hasta los 69 años en prima natural o hasta los 70 años en prima nivelada. Cuanto antes lo contrates, más tranquilidad tendrá tú y tu familia.

¿Si me doy de baja, recuperaré capital?

No, solo en el caso de que tengas contratado el seguro con una prima nivelada, trascurridos 5 años, si padeces una incapacidad permanente absoluta o una gran dependencia o una dependencia severa, podrás solicitar el rescate de la póliza (70 % de la provisión matemática).

¿Cuánto me va a subir la cuota cada año? “Para prima nivelada"

La cuota se incrementa cada año por la actualización del IPC para que no se devalúe el valor del servicio contratado y por el aumento lineal del 5 % sin tener en cuenta tu edad.

Asegurado por GACM SEGUROS GENERALES, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.U. (NIF A-59575365, Registro DGSFP C-0708, con domicilio social en la carretera de Rubí, 72-74, 08174 Sant Cugat del Vallès, Barcelona).